lunes, 10 de mayo de 2010

LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN HA PUBLICADO EL PROYECTO DE ORDEN QUE REGULA LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE BACHILLER PARA LAS PERSONAS MAYORES DE 20 AÑOS

La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha publicado una resolución en la que informa sobre el proyecto de orden que regula la prueba para la obtención del título de bachiller para las personas mayores de veinte años. Según este proyecto, la Junta establece que existirá al menos una convocatoria al año.

REQUISITOS
- Tener cumplidos 20 años o cumplirlos antes del 31 de diciembre del año en curso.
- No podrán inscribirse quiénes ya tengan el título de bachiller (por cualquier modalidad o vía) o equivalente.
- Tampoco se podrá realizar la inscripción de materias superadas con anterioridad o que tengan una matrícula activa en el momento de inscripción de las pruebas.
- Sólamente se presentará una única solicitud especificando la modalidad o vía y las pruebas en las que desea inscribirse. Si no se tienen superadas las materias de 1º y 2º se realizará la prueba agrupada.

ESTRUCTURA DE LAS PRUEBAS
- Se organizarán en 3 bloques según sean las materias: comunes, de modalidad y optativas.
- Las materias del mismo nombre o de contenidos relacionados se agruparán en un único ejercicio, con algunas excepciones. Ver Anexo I del proyecto de orden.
- La estructura general de las pruebas así como las equivalencias entre materias se encuentran en el Anexo II.

CONTENIDOS
- Los contenidos de las pruebas tendrán como referencia los contenidos establecidos en el currículo de Bachillerato recogidos en el Real Decreto 1467/2007 y en la Orden de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en Andalucía.

LUGAR DE REALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
- La Junta comunicará cada año el nombre de los centros en los que se realizarán las pruebas en cada provincia. Durarán varias jornadas en sesiones de mañana y tarde.
- La solicitud de participación de las pruebas se presentará preferentemente en el instituto en el que se celebren las pruebas. También se puede presentar la solicitud a través de internet.
- Sólamente se podrá presentar una única solicitud.

EXENCIONES
- Para la exención de materias equivalentes se tendrá que presentar un certificado oficial en el que vengan las materias aprobadas que se pedirá en el centro en el que se estudió con anterioridad. También se cumplimentará la declaración de cumplir los requisitos de las pruebas (Anexo III).
- Siempre que se acredite haber superado seis materias de la modalidad de bachillerato por la que se optó para acceder a la titulación, se podrá aportar para su reconocimiento una séptima materia de modalidad para exención por una materia optativa.
- Las materias superadas con anterioridad a la prueba se consignarán en las actas de evaluación con la calificación obtenida cuando se superaron.

EVALUACIÓN Y CALIFICACIONES
- Para las personas que superen todas las materias de una modalidad de bachillerato se le hará la media aritmética de las notas obtenidas y se obtendrá la calificación global.
- En el caso de que se suspendan algunas materias y se aprueben otras, se conservará el valor de aquellas que han recibido una calificación positiva para próximas convocatorias.
- Se podrán reclamar las notas en caso de discrepancia.

* Aquí se puede consultar el PROYECTO DE ORDEN.

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